Vulnera España el art. 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos al considerar nuestro Código Penal sólo una falta (sanción: una multita) el incumplimiento por el custodio del régimen de visitas?

Caso Y.U. contra Rusia, Sentencia de 13 noviembre 2012 del TEDH (Sección 1ª): El progenitor custodio “que rechazó voluntariamente cumplir con la resolución judicial y obstruyó su ejecución, sólo fue sancionado con la cantidad, bastante insignificante, de 25 euros una vez”; la ausencia de medidas eficaces necesarias por parte de las autoridades para hacer valer el derecho del demandante a mantener contacto con su hijo: violación existente del art. 8 del Convenio.

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