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	<title>ANASAP: Asociación Nacional de Afectados del Síndrome de Alienación Parental</title>
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	<description>Asociación Nacional de Afectados del Síndrome de Alienación Parental</description>
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		<title>Nueva condena del Tribunal Europeo de Derechos Humanos a un Estado por permitir la alienación parental de los niños: Caso Prodelalová contra Republica Checa, Sentencia de 20 diciembre de 2011</title>
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		<pubDate>Wed, 16 May 2012 18:49:20 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Anasap</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Sección 5ª), Caso Prodelalová contra Republica Checa. Sentencia de 20 diciembre de 2011
Párrafo 64
En opinión del Tribunal, es razonable suponer que al haber transcurrido tal período de tiempo durante el cual la demandante ha sido apartada de sus hijos únicamente en razón de un régimen provisional y sin medida alguna [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<h4>Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Sección 5ª), Caso Prodelalová contra Republica Checa. Sentencia de 20 diciembre de 2011</h4>
<p><em><strong>Párrafo 64</strong><br />
</em>En opinión del Tribunal, es razonable suponer que al haber transcurrido tal período de tiempo durante el cual la demandante ha sido apartada de sus hijos únicamente en razón de un régimen provisional y sin medida alguna de asistencia o mediación, no parece previsible que pudieran sanar las relaciones entre la madre y sus hijos. En estas condiciones, la falta de adopción por parte de las autoridades nacionales de todas las medidas que podían razonablemente exigirse de su parte para garantizar el respeto de los derechos de la demandante como madre, junto con los retrasos que sufrió el procedimiento núm. 0 P 40/2005, llevan al Tribunal a concluir que el derecho al respeto de la vida familiar de la demandante no ha sido protegido de manera efectiva, tal como lo exige el Convenio.</p>
<p><strong><em>Párrafo 65</em></strong><br />
Por tanto, se ha producido una violación del artículo 8 del Convenio.</p>
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		<title>Quienes hemos transitado por el camino de los juzgados&#8230;</title>
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		<pubDate>Sun, 22 Apr 2012 10:01:38 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Anasap</dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>

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		<description><![CDATA[&#8220;Quienes hemos transitado por el camino de los juzgados, quienes han estado en las audiencias escuchando a los menores, sabemos que estas cosas ocurren&#8221;, reconoce la abogada Graciela Manonellas, profesora de derecho penal de la UBA y autora del libro “La responsabilidad penal del padre obstaculizador. Ley 24.270. El síndrome de alienación parental”, prologado por [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>&#8220;Quienes hemos transitado por el camino de los juzgados, quienes han estado en las audiencias escuchando a los menores, sabemos que estas cosas ocurren&#8221;, reconoce la abogada Graciela Manonellas, profesora de derecho penal de la UBA y autora del libro “<em>La responsabilidad penal del padre obstaculizador. Ley 24.270. El síndrome de alienación parental”</em>, prologado por el mismísimo presidente de la Corte Suprema de la República Argentina, Eugenio Zaffaroni.</p>
<p><a href="http://www.lanacion.com.ar/1466674-sos-padres-la-batalla-por-los-hijos">http://www.lanacion.com.ar/1466674-sos-padres-la-batalla-por-los-hijos</a></p>
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		<title>En la presentación del libro  “Alienación Parental”, impulsado y editado por la Comisión  Nacional de Derechos Humanos de MÉXICO</title>
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		<pubDate>Wed, 18 Apr 2012 13:16:41 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Anasap</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Ante el fenómeno conocido  como &#8220;alienación parental&#8221; que se está convirtiendo en un grave  problema por la frecuencia con la que los niños son manipulados por  el padre o la madre que los tiene en custodia en contra del otro,  tras un divorcio, el Tribunal Superior de Justicia del Distrito  Federal (TSJDF), contempla imponer sanciones [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img class="alignleft" title="México" src="http://desarrollofaceuc.files.wordpress.com/2009/08/bandera-mexico.jpg" alt="" width="173" height="98" />Ante el fenómeno conocido  como &#8220;alienación parental&#8221; que se está convirtiendo en un grave  problema por la frecuencia con la que los niños son manipulados por  el padre o la madre que los tiene en custodia en contra del otro,  tras un divorcio, el Tribunal Superior de Justicia del Distrito  Federal (TSJDF), contempla imponer sanciones como quitar la patria potestad.</p>
<p>&#8220;La primera sanción sería quitándole la custodia al padre que  ‘aliena&#8221;; no podemos permitir que sigan enfermando e intoxicando  a un niño,  explicó el  magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito  Federal (TSJDF), Edgar Elías Azar.</p>
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		<title>Stop Crímenes de Odio en Europa</title>
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		<pubDate>Sun, 15 Apr 2012 15:14:59 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Anasap</dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>

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		<description><![CDATA[Stop Crímenes de Odio en Europa: el proyecto europeo para estudiar y frenar los “crímenes de odio”. Les preocupan algunos odios o fobias (homofobia, islamofobia, xenofobia y racismo) pero, es curioso, que un niño sea educado por un progenitor en el odio al otro no les preocupa. Mientras, en Europa crece la alienación parental de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img src="http://www.anasap.org/wp-content/uploads/2012/04/stopHC.jpeg" alt="" title="stopHC" width="150" height="141" class="alignleft size-full wp-image-927" />Stop Crímenes de Odio en Europa: el proyecto europeo para estudiar y frenar los “crímenes de odio”. Les preocupan algunos odios o fobias (homofobia, islamofobia, xenofobia y racismo) pero, es curioso, que un niño sea educado por un progenitor en el odio al otro no les preocupa. Mientras, en Europa crece la alienación parental de los niños del divorcio con vulneración masiva del derecho humano al respeto de la vida familiar.</p>
<p><a href="http://www.stophatecrimes.es/l_es/">http://www.stophatecrimes.es/l_es/</a></p>
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		<title>En Chile se tramita el proyecto de ley que modifica el Código Civil para establecer el cuidado personal compartido de los menores y evitar el SAP.</title>
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		<pubDate>Fri, 06 Apr 2012 18:40:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Anasap</dc:creator>
				<category><![CDATA[Noticias]]></category>

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		<description><![CDATA[El segundo proyecto relacionado con el incentivo al odio que, aunque establecido en términos más sutiles, busca evitar y sancionar otra calidad objeto de esta práctica, la calidad de progenitor.  Es el Proyecto de Ley que Modifica el Código Civil para establecer el cuidado personal compartido de los menores y evitar el daño de éstos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img class="alignleft" title="Chile" src="http://images2.wikia.nocookie.net/__cb20090803205425/lossimpson/es/images/4/4b/Bandera-chile(1).png" alt="" width="173" height="115" />El segundo proyecto relacionado con el incentivo al odio que, aunque establecido en términos más sutiles, busca evitar y sancionar otra calidad objeto de esta práctica, la calidad de progenitor.  Es el Proyecto de Ley que <strong>Modifica el Código Civil para establecer el cuidado personal compartido de los menores y evitar el daño de éstos en caso de separación de los padres</strong>. (<a href="http://www.senado.cl/appsenado/templates/tramitacion/index.php?boletin_ini=8205-07">Boletín 8205-07</a>), ingresado este 19 de marzo. <span id="more-924"></span>Concretamente, toma como premisa el <strong>Síndrome de Alienación Parental</strong>, así señala expresamente la Moción: “<em>El Síndrome de Alienación Parental es un proceso que consiste en programar a un hijo para que odie a uno de sus padres sin que tenga justificación para ello. Normalmente esta situación se crea tras un divorcio o separación conflictiva, en la que el progenitor que se queda con la custodia de los niños proyecta sus odios personales hacia su ex pareja en ellos. A menudo, se recurre a mentiras y falsas historias que convierten al otro padre en un monstruo, llegando incluso a hablar da abusos sexuales o malos tratos”. </em>Este Proyecto propone modificar los Artículos 222, 225 y 299 del Código Civil. En interés de esta nota, citamos la  última modificación propuesta:</p>
<p><em> <strong>Artículo 3</strong>: Reemplácese el actual Artículo 229 del Código Civil por el siguiente nuevo:</em></p>
<p><em>“Artículo 229: Aquel de los padres, que no tenga el cuidado personal del menor no será privado del derecho ni quedará exento del deber, que consiste en mantener con él una relación directa y regular, la que ejercerá con la frecuencia y libertad acordada con quien lo tiene a su cargo, o, en su defecto, con las que el juez estimare conveniente para el menor. Se suspenderá o restringirá el ejercicio de este derecho cuando manifiestamente perjudique el bienestar del hijo, lo que declarará el tribunal fundadamente.</em></p>
<p><em> En el evento de que el padre o madre que tuviere a su cuidado el hijo, por si, o que instigare a un tercero a cometer alguna de las siguientes conductas,</em></p>
<p><em> a) Denigrar, desprestigiar, insultar, alterar la imagen que el hijo tiene del otro padre en forma permanente y sistemática que tengan como resultado directo un cambio en la relación del otro padre con sus hijos;</em></p>
<p><em> b) Obstaculizar o prohibir injustificadamente la relación entre los hijos y el otro padre, aun cuando no cumpla con sus obligaciones alimentarias;</em></p>
<p><em> c) Incumpliere los acuerdos sobre visitas presentados ante el juez o las resoluciones que el Tribunal dicte al respecto en forma injustificada;</em></p>
<p><em> d) Formular falsas denuncias, imputare la comisión de delitos en calidad de autor, cómplice o encubridor, o indujere al menor a dar falso testimonio en juicio;</em></p>
<p><em> e) actuando personalmente o a través de terceros, obligue al menor a prestar falso testimonio en juicio, en indagaciones policiales o peritajes, con miras a denostar al otro progenitor; </em></p>
<p><em>autorizará al padre que no tiene el cuidado personal solicitar al juez que se lo conceda, sin perjuicio de las responsabilidades penales y civiles que deriven de las conductas señaladas”.</em></p>
<p>Ante lo expuesto habrá que estar atento ante la tramitación de estos proyectos, así como también de nuevas iniciativas legislativas en torno al tema.</p>
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